¿Qué regulaciones requieren los documentos ARROW?

En los EE. UU., un mnemónico común para los documentos que deben estar a bordo de un avión es ARROW:

  • Certificado de aeronavegabilidad
  • Certificado de registro
  • Licencia de estación de radio (solo vuelos internacionales)
  • Manual de funcionamiento
  • Peso y equilibrio

¿Qué regulaciones establecen que estos documentos deben estar a bordo?

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Respuesta

Está en varios lugares:

CFR 91.9 :

(a) Salvo lo dispuesto en el párrafo (d) de esta sección, ninguna persona puede operar una aeronave civil sin cumplir con las limitaciones operativas especificadas en el Manual de vuelo aprobado de la Aeronave o Rotorcraft, las marcas y carteles, o según lo prescrito por la autoridad certificadora del país de registro.

(b) Ninguna persona puede operar un -Aeronaves civiles registradas –

    (1) Para las cuales se requiere un Manual de vuelo de un avión o un rotor § 21.5 de este capítulo, a menos que esté disponible en la aeronave un Manual de vuelo de la aeronave o de un rotor actual y aprobado o el manual proporcionado para en § 121.141 (b); y

    (2) Para los cuales no se requiere un Manual de vuelo de un avión o un helicóptero según el § 21.5 de este capítulo, a menos que haya disponible en la aeronave un Manual de Vuelo de Avión o Rotorcraft aprobado, material manual aprobado, marcas y carteles, o cualquier combinación de los mismos.

CFR 23.1589 :

Se debe proporcionar la siguiente información de carga:

(a) El peso y ubicación de cada elemento del equipo que se puede quitar, reubicar o reemplazado y que se instala cuando el avión se pesó bajo el requisito de § 23.25.

(b) Instrucciones de carga adecuadas para cada posible condición de carga entre el máximo y pesos mínimos establecidos bajo § 23.25, para facilitar que el centro de gravedad permanezca dentro de los límites establecidos en § 23.23.

FAR 91.203

(a) Salvo lo dispuesto en la sección 91.715, ninguna persona puede operar una aeronave civil a menos que tenga dentro de ella lo siguiente:

(1) Un certificado de aeronavegabilidad adecuado y vigente. Cada certificado de aeronavegabilidad de los EE. UU. Utilizado para cumplir con este subpárrafo (excepto un permiso de vuelo especial, una copia de las especificaciones de operaciones aplicables emitidas bajo la § 21.197 (c) de este capítulo, las secciones apropiadas del manual de la compañía aérea requerida por las partes 121 y 135 de este capítulo que contiene esa porción de las especificaciones de operaciones emitidas bajo § 21.197 (c), o una autorización bajo § 91.611) debe tener el número de registro asignado a la aeronave bajo la parte 47 de este capítulo. Sin embargo, el certificado de aeronavegabilidad no necesita tener un número de identificación especial asignado antes de 10 días después de que ese número se coloque por primera vez en la aeronave. Un certificado de aeronavegabilidad revisado que tenga un número de identificación especial asignado, que se haya adherido a una aeronave, solo se puede obtener mediante una solicitud en una oficina de distrito de normas de vuelo de la FAA.

(2) Un certificado de registro de EE. UU. Efectivo emitido a su propietario o, para operar dentro de los Estados Unidos, la segunda copia de la Solicitud de registro de aeronave según lo dispuesto en la sección 47.31 (c), un Certificado de registro de aeronave según lo dispuesto en la parte 48, o una certificación de registro emitida bajo las leyes de un país extranjero.

La otra «R» para la licencia de la estación de radio estaba en los documentos de la FCC, pero como ya no se requiere, no aparece. Si opera dentro de los Estados Unidos, el acrónimo es AROW. Fuera de los Estados Unidos, tendría que ver los requisitos de Canadá, México u otros países. Aquí está la información canadiense como ejemplo.

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